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LASTIMOSA HISTORIA, "Crimen de Cuenca"

LASTIMOSA HISTORIA
"Crimen de Cuenca"

El bien merecido prestigio que alcanzó la película con el título “El crimen de Cuenca” de Pilar Miró, nada tiene que ver con lo que aquí se ha recopilado, pues en la misma no se recoge un crimen, sino más bien un “error judicial” propiciado por las circunstancias históricas, sociales y culturales de la época.

El crimen de Cuenca, se produjo como tal, como crimen, el día 8 de marzo de 1.893 en Albalate de las Nogueras (Cuenca), donde fueron asesinados una madre y sus cuatro hijos con ocasión de un robo en su domicilio.

Así queda recogido en unas Coplas, anónimas, aunque adjudicadas a Luis Esteso y López de Haro, poeta cómico conquense, natural de San Clemente, autor de obras de teatro, coplas y monólogos, que editó una recopilación de sus obras, (Madrid, G. Hernández y Galo Sáez, 1927), entre las que se incluían unas coplas tituladas “El Crimen de Cuenca” (Biblioteca Municipal de Cuenca), y que comienzan así:

Padres que tengáis hijos,
Hijos que tengáis parientas,
Parientas que tengáis primos,
Y primos que tengáis suegras,
Mirad que crimen más feo,
En la provincia de Cuenca,
Cometieron tres ladrones,
A eso de las doce y media.
***
Muerto el amo, muerto el mozo
Y la joven medio muerta,
Los asesinos sacaron
morcillas de la despensa,
Y las frieron con vino,
¿Quién quiere, por cinco céntimos,
Tomar la parte primera?
***
Ahora en la segunda parte,
Damos del suceso cuenta,
Donde se ve que el que mata,
Asesina, roba o quema,
Muere a mano del verdugo,
Como murió Luis Candela,
Como murió Juan Palomo,
Y otros mil de su ralea.”

Luis Esteso, no fue reconocido en su quehacer literario en Cuenca, en donde cada vez que acudía a sus plateas éstas se convertían en verdaderos campos de batalla, donde era agasajado con tomates y patatas tras sus actuaciones. Y todo ello, como podemos comprobar en el artículo siguiente, publicado por el periódico OFENSIVA de Cuenca en 30 de julio de 1957, después de más de 21 años de su muerte, continuaba la polémica sobre este personaje:

Cuenca, 29 de julio de 1957.
Sr. D. Miguel María de la Hoz
Ciudad
Mi querido amigo: Como suscriptor del periódico, tomé nota del articulo armado por José Luis Coll, sobre la «Casa del Crimen», materia sobre la que se vuelve en el numero último.


Yo le escribo, no para tomar parte en la cuestión pluma en alto, sino para hacer unas observaciones relativas al «sambenito», de las que el escritor que quiera puede tomar noticia, aunque dejando en silencio mi nombre. He de hablarle de cosas de San Clemente, estuve allí siete años en mi cargo, y no quiero buscar complicaciones personales. No obstante esto, porque condeno, como todo buen conquense, la jaimitada de Esteso, es por lo que le aporto datos.
En mi honrada opinión, estoy de acuerdo en que, sin palabras gruesas volvamos por los fueros de nuestro buen nombre. Pero no creo que lo conseguiríamos con la invención de la Casa del Crimen, ya que esto vendría a remachar indeleblemente el asqueante remoquete.
Con ello, ademas, se robaría un derecho de propiedad, porque la Casa del Crimen ya existe en la calle de Rafael López de Haro de San Clemente. Allí, en el taller de guarnicionería, donde trabajan juntos Camilo Esteso y Luis Esteso, antes de marcharse éste a Madrid, se cometió el crimen, pues se pergeñó el matricidio de que después hizo gala Luis; con la circunstancia de que no fue él sino Camilo el verdadero autor de esta leyenda «tejana». Camilo era hombre de gran memoria y extraordinaria inventiva; día tras día fué redondeando el monstruoso cuento, y relatándolo en el taller ante clientes y embobados oyentes, siendo luego Luis el que, para ganarse Ja vida en las tablas, dio a la publicidad el original, del que se habrían de impresionar los discos de gramófono y se hablan de airear en telones de ferias las coplas denigrantes del buen nombre de la provincia mas noble y opuesta a lo que le ha dado la macabra fama.
Y, puesto que San Clemente tiene una Casa de la Inquisición, de la que aún se conserva la portada, en el Arrabal del Remedio, ¿qué le puede importar tener también la Casa del Crimen de Cuenca en la calle de Rafael López de Haro? Si lo quieren mostrar como orgullo de que Luis Esteso nació allí, para ellos sea el galardón; y si lo tienen que aguantar como baldón del pueblo que lo vio nacer, cargue con el sambenito el que en justicia lo tenga que llevar. Dejemos el cordero lechal para la gastronomía.
Fuera de este descargo que Cuenca pueda hacerse o mejor sería callar, convencidos de que en una generación no es fácil «desfacer el entuerto». Lo triste es que este vilipendio no sea punible por la legislación penal, porque entonces se cerrarían las bocas muy pronto.
Rogándole tome buena nota de las salvedades que le apunto al principio, y deseando poner mi grano de arena para destruir la canallada de un mal hijo de su provincia, se reitera su afectísimo,
AUGUSTO PARRA

Las coplas, con las que iniciaremos nuestra recopilación, recogen con toda descripción los hechos y las circunstancias que los rodearon. Se desconoce al autor; pero dada la cantidad de detalles que recogen, o bien era natural de Albalate,y conoció de primera mano los sucesos, o presenció en directo las sesiones del juicio oral en el que expusieron pormenorizadamente los mismos, y después los relató en forma de coplilla popular. Hay un gran parecido con otras coplas, que se insertan al final de este relato y que se refieren a un hecho anterior cometido por un familiar de los autores de este suceso, y que sí están documentadas en su autor, yendo firmadas por Mariano Culebras e impresas en la imprenta De la Plaza e Hijos, calle Las Tablas, 28 de Cuenca.

Dicen: “ Lastimosa Historia en la que se cuenta y declara de una madre degollada con cuatro hijos, degollado en la casa hasta el gato y robadas quinientas pesetas, por cinco criminales malvados, en el pueblo de Albalate de las Nogueras, provincia de Cuenca, el día ocho de marzo del presente año, con los demás detalles que verá el curioso lector.”

Para en las estrofas siguientes decir:

Cinco son los criminales,
De corazón tan villano,
Una madre y cuatro hijos,
Cinco son los degollados.
***
De lo que había en la casa,
Los criminales cenaron,
Y el gato que se acercó,
Pues, también lo degollaron
***
Que ya puestos a matar,
A todos los degollaron,
Y hasta dentro de la casa
Asesinaron a un gato.

De este hecho, parece que procede el aforismo de “matar hasta el gato”, pues los asesinos degollaron al gato después de cometer los homicidios, mientras se comían unas viandas en la cocina de la misma casa. Quedando grabado en la memoria de los vecinos de las poblaciones a donde llegaron las coplas, y se fue repitiendo hasta convertirla en una frase que define una gran tragedia humana como consecuencia de un hecho luctuoso de tamaña magnitud y no se dejan testigos.

Los autores, toda una familia, apodados Los Pacotes, eran conocidos en el pueblo por sus tropelías y robos, así como por ser personas de carácter pendenciero, envueltos siempre en riñas, peleas, y amenazas a sus convecinos. Iban siempre armados con cuchillos o navajas, y nunca sentían el más mínimo pudor en mostrarlas o amedrentar con ellas a cuantos se les encaraban, ya fuesen autoridades o no. Así los describe un testigo durante la celebración del juicio oral: “... era frase corriente de los Racionero decir: -”Al que no haga nuestra voluntad, lo mataremos”. Era costumbre de los procesados llevar siempre facas, cuyos mangos asomaban por los bolsillos.

En la época que sucedieron los lamentables hechos que nos ocupan, marzo de 1893, era bastante habitual el que los hijos llegado el momento de incorporación al servicio militar fuesen rescatados por sus padres mediante el pago de cierta cantidad de dinero. Según la voz popular, esta familia ya había “librado” a uno de sus hijos del servicio militar consiguiendo el dinero necesario a costa de pequeños robos cometidos en la localidad. En las crónicas periodísticas de la época se dice: “Juan Antonio tenía una posición bastante desahogada, y aunque fue pobre en sus orígenes, llegó a reunir una pequeña fortuna que le permitió librar a sus hijos del servicio militar. Sin embargo de esto, ha sido hombre que nunca ha trabajado”. (La Correspondencia de España, sábado, 18 de marzo de 1893)

Se acercaba el momento en que el hijo menor, Agripino, de diecinueve años, tenía que incorporarse al servicio militar y la familia no disponía del dinero suficiente para pagar el rescate. Todo señala a su madre, Petra, como inductora de un robo para obtener el dinero con el que librar a su hijo Agripino de su obligación militar, en la sentencia se dice: “ ... A la veintiuna.- ¿Es culpable Petra Viejobueno Martínez de haber contribuido a la ejecución, asistido a reuniones en que otros los concibieron, acordado con ellos la forma de verificarlos, alentándoles con sus consejos y incitándoles para que no retrasaran su ejecución? Sí."

Es así como planean robar en una casa del pueblo, cuyo propietario, Hipólito, disfrutaba de un mayor bienestar económico, debido a un pequeño negocio de comestibles y zapatero remendón. Aprovechando la ausencia del propietario, Hipólito, conocida de antemano por los autores, bien, declarando en la Audiencia Provincial de Cuenca, acusado en las coplas del robo de la Iglesia de Torralba, (Hipólito Mayordomo, De casa ausente se hallaba, Acusado por el robo, De la Iglesia de Torralba, o como también se escribe en La Correspondencia de España del miércoles 15 de marzo de 1893: “... Ha estado en la cárcel por haber recaído sobre él la denuncia de un penado que le acusó de ser el autor de un robo cometido en la iglesia de Torralba”) o tal vez y más probablemente, de compras en la capital para su pequeño negocio, acuden a la casa armados de hachas y cuchillos con la intención de robar, Juan Antonio Racionero y sus tres hijos, Justo, Casto y Agripino, así como un amigo de estos llamado Mariano Castro, alias “Castrillo”. Esto queda recogido en la sentencia de la siguiente forma: “... A la catorce.- ¿Los que ejecutaron los hechos expresados en las trece anteriores preguntas habían meditado reflexiva, fría e insistentemente durante más de veinte días el modo de realizarlo, con mayores facilidades y seguridad y con menos exposición de ser descubiertos? Sí".

Llamaron a la puerta de la casa y cuando la propietaria, Manuela Bollo Collados, salió a abrir, se ensañan con ella produciéndole 37 heridas mortales que le causaron la muerte en el portal de la casa. Acudió a defender a su madre Pedro, de quince años, y corrió la misma suerte, con veintitrés heridas.

Recorrieron la casa, y en una alcoba de la planta baja, se encontraron acostado a Toribio, de trece años, al que asestaron tres hachazos, causándole la muerte.

En la planta superior se encontraban durmiendo a Manuela, de veinte años, junto a su hermano Cándido, de diez, que recibieron tres y ocho hachazos respectivamente.

Una vez comprobado que no existían más moradores en la casa, extrajeron de un bolsillo del cadáver de Manuela Bollo, las llaves de arcas y baúles dedicándose a recorrer la casa en busca del dinero. Encontraron “unos cien duros” y un revólver. Se lavaron las manchas de sangre, y sacaron de la olla de las conservas de la matanza del cerdo unos trozos de lomo que tranquilamente se dispusieron a comer, sin sospechar que el resto del dinero que buscaban se encontraba bajo sus pies, escondido bajo una loseta del piso de la cocina. Así lo declaró Castrillo: “Cuando estaban ya bien muertos, los registramos, cogiéndo lo que nos acomodó. Mis compañeros buscaron que comer, y cenaron lo que encontraron. Yo apenas si probé nada”.

Y así queda recogido en la respuesta a la pregunta octava de la Sentencia: “ ...A la octava.- ¿ Se apoderaron de unos cien duros en metálico, un revolver, bacalao y chocolate que valían veintitrés pesetas y también de pan y trozos de lomo que inmediatamente se comieron en la cocina de la misma casa después de freírlos unos, mientras los otros en barreños y cazuelas se lavaban las manos, y con trapos y papeles limpiaban las armas de la sangre que las cubrían? Sí ".

Encontrados los cadáveres por el hijo mayor de Hipólito, Mariano, que se encontraba de “ronda” festejando a su novia, que vivía en un molino harinero distante de la localidad a unos dos kilómetros, en el cual pasó toda la noche, en atención a las advertencias que le había hecho su madre de que si no volvía con la luz del día no le abriría la puerta, circunstancia ésta conocida por los autores, según declaraciones de testigos en el juicio: “ ... declara que la noche del crimen le manifestó el hijo de Hipólito Mayordomo que dormiría fuera de su casa. Estaban presentes Agripino y Castrillo”. Fueron avisadas la Autoridades, y comenzaron las pesquisas para esclarecer los hechos. Se produjeron un elevado número de interrogatorios de convecinos del pueblo, bajo la dirección del Juez de Instrucción de Priego. Durante las primeras averiguaciones fueron muchos los detenidos, así se desprende de lo publicado en el periódico “El Siglo Futuro” en la edición del miércoles 15 de marzo de 1893: “ Han sido presos 10 vecinos de Albalate y uno de Priego, por creérseles complicados en el crimen”.

Una vez que los autores fueron detenidos y confesaron los hechos, (“...Se encuentran ya convictos y confesos en la cárcel de Albalate los presuntos autores de la muerte de la familia de Hipólito Mayordomo”, en LA ÉPOCA, jueves 16 de marzo de 1893) fueron trasladados a la Cárcel de Priego, permaneciendo en ella mientras la instrucción del resto del sumario, “El sumario consta hasta ahora de 544 folios, se han tomado 90 declaraciones, y se han celebrado 12 careos”, se puede leer en La Correspondencia de España, lunes 29 de marzo de 1893, y que una vez concluido fue remitido a la Audiencia Provincial de dicha ciudad, y trasladados los reos a la cárcel de Cuenca, donde permanecieron a la espera del Juicio.

Las coplas recogen lo sucedido de la siguiente manera, tal vez a través de la declaración de un vecino que observó como uno de ellos vigilaba las inmediaciones de la casa la noche de los hechos:“Un vecino que les vio, Cuando iba disfrazado, Conoció también al otro, Pero se quedo callado,..".

Es fruto de la voz popular que el padre, Juan Antonio, reprochó a su hijo, que era el que vigilaba, que le hubiese dejado con vida pues les delataría, ya que había salvado milagrosamente su vida tras encerrarse en su casa, clavándose el cuchillo que le lanzó su perseguidor en la puerta.

En la Memoria de la Guardia Civil, que se inserta en este relato, sobre Juan Antonio Racionero dice que fue autor, para más adelante continuar diciendo: “... sin duda antes de conocerse la Sentencia fueron trasladados a Priego para ejecutarlos JUAN ANTONIO, JUSTO Y MARIANO CASTRO (a) “Castrillo”, muriendo Juan Antonio, antes de la ejecución, creyendo fuese por padecer enfermedad de corazón, ...”

En la edición del día 19 de abril de 1893 del periódico “La Correspondencia de España”, en la edición de la mañana, se inserta la siguiente noticia titulada: “LOS CINCO ASESINATOS”, (POR TELÉGRAFO, de nuestro redactor corresponsal):
Priego, 9,20 m
La circunstancia de ser esta estación telegráfica de servicio limitado, me impidió anoche comunicar una noticia de sensación: el fatal desenlace del criminal Juan Antonio Racionero.
A las seis y media de la tarde de ayer, volví a visitarlo, acompañado del jefe Sr. Sánchez.
... Pude observar que el preso tenía el semblante demacrado, lívido y la voz apagada.
... Cuando el jefe volvió una hora más tarde, deseando ver como se encontraba el enfermo, advirtió que Juan Antonio no existía. En la misma forma que estaba sentado había muerto. La agonía debió ser muy rápida.
El médico Sr. Cornago ha calificado que Juan Antonio murió de una apoplejía sanguínea cerebral fulminante. La muerte debió ser instantánea. La cara y el cuello estaban amoratados. Fdo.Mestre Martínez”.

El día 28 de septiembre de 1.893, la Audiencia Provincial de Cuenca, con Tribunal de Jurado, dictó Sentencia condenatoria en la que dice literalmente, lo siguiente:

Fallamos: Que debemos condenar y condenamos a Justo, Casto y Agripino Racionero Viejobueno, y a Mariano Castro Soria como autores, con circunstancias agravantes del delito de robo con ocasión del cual resultaron cinco homicidios a la pena de muerte, que se ejecutará en la villa de Priego y en la establecida en el artículo ciento dos del Código Penal y en el caso de no ejecutarse por ser indultados en la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua, que igualmente condenamos a Petra Viejobueno Martínez como cómplice de dicho delito a la pena de veinte años de reclusión temporal con la accesoria de inhabilitación absoluta temporal en toda su extensión. Que indemnicen los cuatro primeros y solidariamente entre sí a Hipólito Mayordomo Vindel en la cantidad de diez y seis mil pesetas y la última en la de dos mil, caso de ser insolvente en toda la cantidad, y por último se impone a cada uno de dichos cinco procesados el pago de las costas no declaradas de oficio, se decreta el decomiso de las armas empleadas y por último reclámese con urgencia al Juzgado el ramo separado de embargo.
Así por esta nuestra Sentencia que se publica en la sesión de este día lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Manuel M. González.- Liborio Hierro.- Tomás Martín y Galán. Lo inserto concuerda con su original a que me refiero. Y para que conste expido la presente con el visto bueno del Sr. Presidente en Cuenca a veintiocho de septiembre de mil ochocientos noventa y tres.” Fdo. José Maria Sánchez Vera

Permanecieron encarcelados en la Cárcel Provincial de Cuenca, Justo, Casto, y Agripino Racionero Viejobueno, y Mariano Castro Soria. Siendo traslada a la cárcel de Alcalá de Henares (Madrid) Petra Viejobueno Martínez, donde cumplió condena. Según la Memoria de la Guardia Civil, “... donde permaneció varios años y una vez puesta en libertad regresó a su pueblo natal, muriendo poco después”.

El día quince de mayo de 1.894, falleció Casto Racionero Viejobueno en la Cárcel Provincial de Cuenca, como consecuencia de una lesión de estómago, así consta en el Libro de Defunciones de la Iglesia de Sta. Cruz (Cuenca), del Archivo Diocesano del Obispado de Cuenca. No se le hizo entierro, ni honras, a pesar de haber recibido los santos sacramentos de Penitencia y Extremaunción, encargándose la autoridad de su cadáver. Se desconoce donde fue sepultado, si bien es posible que lo fuera en el cementerio de la propia cárcel.

Con fecha 22 de febrero de 1.895 se dio una Real Orden por la que le fue conmutada la pena de muerte impuesta a Agripino Racionero Viejobueno por la de cadena perpetua, al ser éste menor de edad en la fecha de los hechos (Audiencia Provincial de Cuenca, 18 de marzo de 1.895).

Fue trasladado a la cárcel de Larache y tras su permanencia en la misma fijó su residencia, una vez en libertad, en Alcazarquivir (Marruecos). Por tanto, debió de existir algún tipo de Recurso, que no se ha encontrado, a través del cual accedió a la libertad, puesto que había sido condenado a cadena perpetua, y en la Memoria de la Guardia Civil se dice, “.... y allí cumplió su condena fijando su residencia posteriormente en Alcazarquivir”.

Es voz popular, a través de referencias de varios testigos, tanto de Albalate de las Nogueras como de los pueblos limítrofes, que cumplieron el servicio militar en aquella zona, que se presentó a ellos y les ofreció sus servicios y ayuda para cuanto necesitasen, pues poseía un pequeño negocio y llevaba una vida holgada.

Siguiendo la versión popular, parece ser que incluso llegó a viajar hasta su pueblo, Albalate de las Nogueras, a visitar a sus hermanas; pero su estancia fue muy corta debido a que algún vecino lo reconoció, y corrió la noticia como un reguero de pólvora, despertándose el ánimo de venganza al tenerle tan próximo y en libertad. Tuvo que abandonar el pueblo urgentemente y con el mayor sigilo, para no regresar nunca más.

En el periódico “LA EPOCA” en la edición del martes, 26 de marzo de 1895, y bajo el titular: “Los reos de Priego” se puede leer: “Han marchado de Cuenca a Priego Mariano Castro y Justo Racionero condenados a la última pena por la Audiencia, por haber asesinado a la mujer y cuatro hijos de Hipólito Mayordomo”.

El día 27 de marzo de 1.895 fueron ejecutados públicamente, por ahorcamiento, Justo Racionero Viejobueno, enterrándose su cadáver fuera de sagrado al no haber recibido ningún Santo Sacramento, y Mariano Castro Soria que sí los recibió y fue enterrado a la orden del ritual romano en el Camposanto de la Parroquia de San Nicolás de Bari (Priego). (Libro de defunciones de la Parroquia de San Nicolás de Bari. Priego), habían transcurrido dos años y 19 días desde la comisión de los hechos.

En el periódico “La Correspondencia de España” de fecha 29 de marzo de 1895, y con el titular: “Doble ejecución” se escribe: “Anteayer a las ocho de la mañana han sido ejecutados en Priego los reos de Albalate Justo Racionero y Mariano Castro (a) Castrillo”.


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Lectura recomendada: "El crimen de Cuenca" (El crimen de Albalate de las Nogueras)
También pueden ver: "Crímenes imperfectos"

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